San Politikón

Candidaturas independientes: fin de la partidocracia

*Sinaloa se prepara para estar a la vanguardia

Juan Manuel Pineda

El 23 de mayo del 2014, el Diario Oficial de la Federación oficializó el fin de la partidocracia en México con publicación de un decreto que permite a los ciudadanos, no afiliados a los partidos políticos, poder ser votado para todos los cargos de elección popular, tal como lo dispone el artículo 35 de la Carta Magna mexicana.

La partidocracia se había apropiado de la exclusividad de este derecho ciudadano al amparo de una legislación secundaria, concretamente en lo dispuesto en el artículo 218 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: “corresponde exclusivamente a los partidos políticos nacionales el derecho de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular”.

Es decir, el artículo 218 del COFIPE prohibía, tácitamente, las candidaturas independientes al otorgarle a los partidos la exclusividad de solicitar registros de candidatos a los cargos de elección popular.

Las reformas constitucionales en vigor, cuya aplicación inicia con el proceso federal del 2015, son congruentes con lo dispuesto por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la cual México forma parte hace 33 años.

Poner fin a la exclusividad de la partidocracia no ha sido fácil, desde luego; es resultado de muchos años de lucha, las más ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Con base en lo documentado por el Instituto Mexicano de Estudios Políticos A.C. (IMPEP), se libraron intensas batallas ante el TEPJF y los casos más sobresalientes fueron de aspirantes independientes inhabilitados  en los estados de  Michoacán (2001, Manuel Guillen, aspirante a la gubernatura), Estado de México (2003, Gilberto Rocha, Eugenia Alaniz y Arturo Noguez, aspirantes a presidentes municipales), en el estado de Morelos ( también en 2003, Oscar Flores y Eduardo López, que buscaban ser diputados locales, y Valentín Pobedao, que quería ser alcalde), y en Veracruz (2005, Mauricio Miguel Ángel Valdez, aspirante a la gubernatura)

Ese 2005, el caso más relevante por tratarse de un exfuncionario del gabinete presidencial, fue el de Jorge Castañeda que aspiró a contender por la presidencia de México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la sentencia en contra negando que se violaran sus derechos humanos.

Las candidaturas independientes no sólo representan una extraordinaria vía para la más legítima expresión ciudadana, sino que constituye la inmejorable oportunidad de respuesta contra la partidocracia que, durante décadas, había gozado del sistema de gobierno que legitimaba a los partidos el privilegio del monopolio en la representación política.

Las candidaturas independientes generan, por sí mismas, simpatías y surgen como un rechazo contundente, primero, a las formas tradicionales del ejercicio político-electoral y, segundo, ofrecen un camino distinto, más alentador, para gobernar porque su ideario es la anti corrupción.

En estos momentos de crispación social, en la víspera de las elecciones federales intermedias para renovar el Poder Legislativo, las candidaturas independientes cobrarán especial relevancia en respuesta al malestar en la vida pública.

Sin embargo, así como se enfrentaron diversos obstáculos para que se reformara la normatividad en la materia, el registro formal de las candidaturas independientes no se vislumbra tan terso, toda vez que los requisitos que tienen que cumplir implican, de entrada, absoluta desigualdad de competencia con los aspirantes que serán avalados por los partidos políticos.

El mecanismo para el registro formal  y definitivo de los candidatos independientes es complicado, pero no insalvable.El camino es largo y complicado:

Hasta el 26 de diciembre, se puede presentar la solicitud de pre-registro ante la autoridad electoral distrital correspondiente, para lo cual deberán cumplir con una serie de requisitos (encabezar una asociación civil, creada a ex profeso, de la cual el aspirante será presidente, alta  en el SAT, apertura de cuenta bancaria fiscal, principalmente)

El 29 de diciembre, es el plazo límite para que las autoridades electorales del distrito otorguen el veredicto sólo como aspirante a candidato independiente.

El artículo 369 del Capítulo III, que se refiere a la obtención del apoyo ciudadano establece: “a partir del día siguiente de la fecha en que obtengan la calidad de aspirantes, éstos podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por medios diversos a la radio y la televisión, siempre que los mismos no constituyan actos anticipados de campaña”.

Asimismo: “Los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano en los procesos en que se elijan a los dos Poderes de la Unión o en el que se renueve solamente la Cámara de Diputados, se sujetarán a los siguientes plazos, según corresponda”:

En el caso de los aspirantes a candidato independiente para el cargo de diputado, contarán con sesenta días.

La normatividad establece que “se entiende por actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano, el conjunto de reuniones públicas, asambleas, marchas y todas aquellas actividades dirigidas a la ciudadanía en general, que realizan los aspirantes con el objeto de obtener el apoyo ciudadano para satisfacer el requisito en los términos de esta Ley”.

Y para ser precisos, el artículo 371 señala: “Para fórmula de diputados de mayoría relativa, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 1% de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada una de ellas”.

Todo el proceso de solicitud de aspirantes concluye del 20 al 29 de marzo del año 2015, plazo en que las autoridades electorales deberán formalizar legalmente las candidaturas independientes.

Para esta forma de participación electoral, Sinaloa se prepara y está a la vanguardia nacional.

Al menos, cinco ciudadanos ya levantaron la mano: Manuel Clouthier, Joel Ayala, Víctor Antonio Corrales Burgueño, Vidal Jiménez y Giova Camacho. Los últimos cuatro, son los que tienen más trabajo realizado y cumplirán, en tiempo y forma, con la solicitud de pre-registro.

En ese sentido, Joel Ayala, en el distrito electoral 01; Víctor Antonio Corrales Burgueño, en el distrito 06; Vidal Jiménez, en el distrito 07, y Giova Camacho, en el distrito 08.

Los cuatro con una gran trayectoria y ascendencia social: Joel Ayala, ex jubilado universitario y uno de los activistas y luchadores sociales más importantes en el norte de Sinaloa; Víctor Antonio Corrales Burgueño, ex Rector de la UAS en cuyo periodo catapulto a la institución a los más altos niveles de calidad educativa en el país; Vidal Jiménez, síndico de Costa Rica, en el municipio de Culiacán; y Giova Camacho, catedrático universitario.

 

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